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Un hombre de 103 años cumple pena máxima de prisión

Sentenciado a 30 años de prisión cuando tenía 95, ya Don Ramón Batista lleva ocho años tras las rejas.

RAMÓN CRUZ BENZÁN

Ramón Batista, un hombre de 103 años, cumple una condena a la pena máxima en la prisión de Haras Nacionales, en Villa Mella, Santo Domingo Norte. Sentenciado a 30 años de prisión cuando tenía 95, ya Don Ramón lleva ocho años tras las rejas.

La condena al anciano, por tentativa de homicidio agravado (artículos 295 y 311 del Código Penal Dominicano), dictada por un tribunal, refleja una realidad en el sistema de justicia y penitenciario dominicano.

Sin un familiar que le dé seguimiento, ni un área geriátrica en la cárcel para ser atendido, este anciano parece esperar la muerte en el desamparo.

Casos como el de Don Ramón pueden generar preocupación y debate sobre la proporcionalidad de la sentencia en relación con la edad y las circunstancias individuales del acusado.

Su caso fue dado a conocer por la Comisión de Cárceles de la Oficina Nacional de Defensa Pública, que dirige Rodolfo Valentín, la cual mostró preocupación ante la situación de adultos mayores dentro de los centros penitenciarios del país.

En ese sentido, llamó a los jueces de ejecución de la pena a que consideren de manera humanitaria las solicitudes de cambio de régimen de cumplimiento de pena, dadas las condiciones deplorables de salud en las que se encuentran muchos de los privados de libertad.

Además de la situación de Don Ramón, la Comisión de Cárceles de la Defensa también evalúa los casos de privados de libertad que se encuentran con enfermedades terminales, como cáncer avanzado, diabetes y VIH con complicaciones pulmonares severas, así como un número significativo de personas con trastornos mentales que requieren atención especializada y continua.

La comisión manifestó que, en colaboración con el departamento médico de la Dirección Nacional de Servicios Penitenciarios, se ha realizado un análisis detallado de los casos de personas privadas de libertad que podrían beneficiarse de una modalidad distinta a la privación de libertad, dadas sus condiciones de salud.

La referida comisión detalla que el objetivo de la evaluación es identificar casos de personas privadas de libertad que, debido a condiciones de salud o avanzada edad, requieren urgentemente ser considerados para excarcelación.

Recientemente, la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, presidida por el diputado Juan Dionicio Rodríguez Restituyo, presentó un proyecto de ley que ha sido complementado con observaciones clave del director de la Oficina Nacional de Defensa Pública, Rodolfo Valentín Santos.

En el país la Ley contempla que la pena máxima para cualquier persona, incluidos los ancianos, depende del tipo de delito cometido y de las circunstancias específicas de cada caso. No existe una pena máxima específica designada exclusivamente para ancianos como grupo demográfico.

Esto se debe a razones como la salud frágil, la expectativa de vida reducida y la menor probabilidad de reincidencia. Sin embargo, cada caso es único y puede depender de la gravedad del delito y las leyes específicas del país donde se llevó a cabo el juicio.

En algunos casos, se pueden aplicar medidas alternativas o revisiones de sentencia, especialmente cuando la edad avanzada del condenado plantea cuestiones de justicia y compasión.

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